En cuanto alguien comprende que obedecer leyes injustas es contrario a su dignidad de hombre, ninguna tiranía puede dominarle. Gandhi.


martes, 23 de diciembre de 2014

Wikileaks en La Jornada "CIA: maten a los rebeldes"




Blanche Petrich

Periódico La Jornada
Viernes 19 de diciembre de 2014, p. 2

CIA: maten a los rebeldes

  • El asesinato, entre las mejores prácticas contrainsurgentes, dice manual de la agencia filtrado por el equipo de Assange
  • Eliminar dirigentes erosiona la capacidad de acción del grupo insurrecto, sostiene
  • Admite que en algunos casos pueden generarse efectos contraproducentes

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Aspecto del campamento de las FARC en Sucumbíos, Ecuador, dos días después del ataque del ejército colombiano, lanzado el primero de marzo de 2008. En esa ocasión fue ultimado el jefe guerrillero Raúl Reyes, lo que fue calificado de éxito por la Agencia Central de Inteligencia. También murieron cuatro estudiantes mexicanos y 18 personas másFoto Ap
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El documento filtrado ayer es del 7 de julio de 2009, cuando Leon Panetta (aquí en una imagen de junio de ese año) llevaba seis meses al frente de la CIAFoto Ap
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La agencia afirma que el asedio a Osama Bin Laden afectó la capacidad de mando de éste. El asesinato del dirigente de Al Qaeda (aquí en una imagen sin fecha captada en Afganistán), en mayo de 2011, fue anunciado cuando Barack Obama se preparaba para lanzar su campaña de relecciónFoto Ap

En ocasiones, asesinar a las cabezas visibles de un movimiento armado resulta positivo en la lucha contrainsurgente de un gobierno, ya que se erosiona la capacidad de acción del grupo rebelde. Un ejemplo es el bombardeo de la fuerza aérea colombiana sobre un objetivo de alto valor en un campamento guerrillero en Ecuador, donde murieron el comandante de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) Raúl Reyes, quien era el blanco, y otras 22 personas, entre ellas cuatro estudiantes mexicanos. Es un caso que la Agencia Central de Inteligencia (CIA) califica de exitoso.

En otros casos, el asesinato político de las cabezas más visibles de un grupo guerrillero resulta contraproducente, por lo que se recomienda una poda; esto es, no asesinar a los líderes de primer nivel, sino a cuadros de segundo o tercero, para dañar las redes de la organización.

Si el ataque a un objetivo de alto valor produce demasiadas bajas colaterales, la operación puede ver limitado su impacto, ya que genera solidaridad en torno a los terroristas y populariza a los jefes de línea dura, como ocurrió con los atentados de Israel contra la organización palestina Hamas entre 2000 y 2002.

Esas son parte de las recomendaciones que hace la oficina de asuntos transicionales de la CIA a sus agentes, en un manual clasificado de ultrasecreto –secret/noforn– filtrado ayer por Wikileaks.

Se trata de un estudio de la agencia donde se recomienda a gobiernos del mundo que enfrentan conflictos armados con grupos insurgentes lo que considera las mejores prácticas para realizar operaciones contra objetivos de alto nivel (HVT por sus siglas en inglés, high-value targeting) como una herramienta contrainsurgente efectiva.

Estas operaciones incluyen el asesinato político como recurso válido, además de capturas, remoción de liderazgos, neutralización y marginación de dirigentes guerrilleros. El documento, proporcionado con anticipación a una docena de medios en el mundo –La Jornada fue el único en español–, incluye también un par de tablas que evalúan la eficacia de estos golpes. Pocos son calificados de alto impacto; la mayoría tuvieron resultados limitados, en particular operaciones implementadas con participación de la CIA en Israel y Palestina, Afganistán e Irak.

El estudio es del 7 de julio de 2009, inicios del primer periodo presidencial de Barack Obama, cuando Leon Panetta llevaba seis meses al frente de la agencia y, según recuerda Wikileaks, poco después de que el agente John Kiriakou hiciera sonar por primera vez las alertas sobre la práctica de la tortura dentro de la agencia. El analista sigue en prisión.

Esta nueva filtración ocurre apenas 10 días después de que el Comité de Inteligencia del Senado estadunidense decidió hacer público un informe secreto sobre cómo el Pentágono y la CIA utilizaron la tortura en sus formas más brutales durante los años del ex presidente George W. Bush y cómo estos interrogatorios atroces resultaron innecesarios e ineficaces.

Redactado a modo de manual para ataques contrainsurgentes, está dirigido a los operadores políticos y militares de la agencia, con capacidad de autorizar la planeación y ejecución de esas operaciones HVT.

Ahí se evalúan los pros y contras de los planes de liquidación de líderes insurgentes. En el comunicado de prensa que acompaña la desclasificación de este manual, la agencia de periodismo de investigación que dirige Julian Assange indica que después del informe se dispararon a niveles históricos los asesinatos cometidos mediante ataques de drones.

Las mejores prácticas

Incluye estudios de casos de Afganistán de 2001 a la fecha de la conclusión del manual (2009); Argelia 1954-1962; Colombia de 2002 a 2009; Irak de 2004 a 2009; Israel en dos periodos, de 1972 a mediados de los noventa y de mediados de los noventa a 2009; Perú de 1980 a 1999, Irlanda del Norte de 1969 a 1998 y Sri Lanka de 1983 a mayo de 2009. Incluye algunos ejemplos adicionales de Chechenia, Libia, Pakistán y Tailandia.

Especifica sus fuentes: La mayor parte de nuestra información está basada en reportes clandestinos de agregados militares, discusiones internas con solicitantes de permiso para la realización de este tipo de acciones y la revisión de casos actuales o históricos.

El documento es definido como un intento de consolidar las lecciones aprendidas, proporcionar un marco para evaluar la utilidad estratégica de las operaciones de ataque a objetivos de alto valor y ayudar a los políticos y funcionarios militares responsables de autorizar estos ataques.

El concepto high-value targeting es definido como una acción enfocada a atacar individuos o redes específicas. Su remoción busca debilitar la eficacia de determinado grupo insurgente.

La eliminación de Raúl Reyes en Sucumbíos

Este documento de la CIA aporta evidencias adicionales sobre el involucramiento de la agencia en la lucha antiguerrillera en Colombia durante el periodo de Álvaro Uribe.

Indica que, de acuerdo con reportes anteriores de la CIA, Bogotá había utilizado ataques a objetivos de alto valor combinando operaciones militares y de información convencionales y programas para provocar y tratar desertores.

Refiere que al comenzar su primer periodo presidencial en 2001, Uribe inició una campaña contrainsurgente con la mira puesta en atacar a las FARC en sus filas intermedias y superiores. Después de varios años de golpes fallidos, la embajada de Estados Unidos en Bogotá empezó a reportar aciertos a partir de que se afinaron las estrategias de espionaje, precisión en los ataques, planificación de misiones y despliegues, seguridad operacional y coordinación interinstitucional.

De ese modo el gobierno pudo capitalizar políticamente los golpes infligidos a la guerrilla, incrementando su propia legitimidad y erosionando la moral de las bases insurgentes. Califica de exitosos los golpes de 2008 contra jefes de primer nivel de las FARC Raúl Reyes e Iván Ríos, combinados con golpes contra figuras de segundo y tercer rangos, especialistas en financiamiento y logística.

En particular, afirma que el bombardeo extraterritorial a Sucumbíos, donde además murieron una veintena de colombianos y cuatro estudiantes mexicanos que estaban de visita en el campamento guerrillero, dañó seriamente la moral y la disciplina de las FARC, según comentarios de campo de la CIA.

Sin embargo, el informe no alcanza a prever lo que sucedió después en Colombia. A pesar de que Uribe en ese momento aumentó su popularidad, no pudo relegirse para un tercer periodo en 2010. Su sucesor, José Manuel Santos –fuertemente criticado por Uribe–, emprendió un derrotero diametralmente opuesto, que llevó el conflicto a una mesa de negociaciones.

Contra Sendero Luminoso

Otra historia de éxito, según la CIA, fue la de Perú, donde una serie de golpes sistemáticos, intensos, en corto tiempo, permitieron al ejército desarticular a Sendero Luminoso, con el encarcelamiento de su líder, Abimael Guzmán, en 1992.

La extrema centralización del mando y el culto a la personalidad dentro de esa organización de corte maoísta influyó en su desmoronamiento a partir de esa captura. En este caso, dice el manual, el asesinato no era recomendable para no mitificar al dirigente.

Pero no todas las operaciones de captura contra altos mandos son igualmente efectivas, indican los expertos de la agencia, quienes sacan a colación la historia del héroe sudafricano Nelson Mandela, dirigente del Congreso Nacional Africano que luchó contra el régimen del apartheid y pasó 27 años encarcelado.

Capturar a líderes puede tener un impacto limitado si la organización cree que su dirigente eventualmente saldrá libre o si éste logra mantener su influencia aun bajo custodia.

En este trabajo se citan tres casos en los que el asesinato político o la captura ha sido útil para erosionar la fuerza de un grupo insurgente: el ya citado caso colombiano, la detención en 2008 de varios dirigentes de primer nivel del grupo jihadista iraquí Jaysh Muhammad por el ejército británico, que prácticamente paralizó al grupo, y las operaciones de constante cacería que ese año se ejercían en Afganistán y Pakistán contra Osama Bin Laden.

La CIA asegura que esta presión obligaba al líder de Al Qaeda a permanecer oculto, distanciado de sus bases, conduciendo la organización a distancia, forzado a utilizar sistemas de comunicación de baja tecnología. Esto afectó su capacidad de mando, dice el manual.

En 2011, el gobierno de Obama anunció el asesinato de Osama, justo cuando se preparaba para lanzar su campaña para un segundo término en la Casa Blanca.

Utilidad del crimen político

En algunos casos el asesinato político es útil y en otros no, infiere el estudio. Y a pesar del enorme número de bajas en Afganistán, la destrucción masiva del país y la negra historia de la tortura recientemente revelada, la CIA reconoce que en la guerra contra el talibán no logró sus objetivos.

Atribuye este fracaso a la naturaleza de la estructura de Al Qaeda, con movilidad de la cúpula a la base y una relación tribal igualitaria. Según los reportes confidenciales de militares basados en la operación antitalibán, su organización es capaz de resistir mejor los ataques HVT.

Por el contrario, la CIA consideró que los asesinatos del fundador y el cofundador de Hamas, Sheikh Ahmed Yassin y Abdel Aziz al Rantisi, muertos durante un ataque de misiles en el cual también fallecieron sus hijos, varios civiles, incluso niños, en 2004, fue útil porque erosionó la moral de la organización.

Hamas es la fuerza gobernante en la franja de Gaza. Figuraba en la lista de organizaciones terroristas de la Unión Europea, pero hace tres días un tribunal del organismo ordenó su exclusión. Estados Unidos aún la mantiene en su propia lista de grupos terroristas.

Se citan otros casos en los cuales los asesinatos y ataques para neutralizar insurgentes resultan contraproducentes, sobre todo cuando se producen muertes de civiles no combatientes o se eliminan líderes políticos que hacen ver como represivos a los gobiernos.

Criterios para actuar

La CIA aprueba que gobiernos civiles o militares que enfrentan conflictos armados con grupos insurgentes recurran frecuentemente a operaciones de ataque a objetivos de alto valor, descritas como acciones para remover o neutralizar a sus cabezas para degradar la eficacia del grupo.

El criterio de la agencia para la definición de quién es un HVT (objetivo atacable) es flexible: varía de acuerdo con factores que enumera: fuerza del grupo, estructura, dinámicas de liderazgo y alcance del resultado deseado por el gobierno.

Se advierte que entre los efectos contraproducentes de una acción de este tipo está el de romper ciertas reglas del juego acordadas entre rebeldes y gobierno, lo que lleva a una escalada del conflicto que no siempre está en el interés oficial.

Pero en los casos en que los golpes causen daños mayores a los que el grupo insurgente sea capaz de absorber, ya sea por su incapacidad de reponer sus liderazgos o por los golpes infligidos a sus líneas de financiamiento o logística, puede conseguirse un mayor debilitamiento de su capacidad de acción.

En una revisión de operativos de ataque contra objetivos de alto nivel efectuados por la CIA se demuestra –sostiene el documento– que estos pueden tener un papel importante como parte de una estrategia contrainsurgente de mayor alcance. Estos suelen arrojar mejores resultados cuando los gobiernos analizan previamente sus posibles efectos y factores que lo puedan impactar y simultáneamente aplican otros instrumentos contrainsurgentes de carácter militar y no militar.

Entre los efectos positivos de estos ataques enumera la erosión de la capacidad insurgente, el debilitamiento de su voluntad, la reducción de su base de apoyo, la división o fragmentación del grupo, forzar que el grupo modifique sus estrategias de modo que beneficie al régimen y levantar la moral del gobierno y generar apoyo.

Entre los efectos negativos cita: puede generar mayor apoyo al grupo insurgente, lo cual podría obligar al gobierno a distraerse de otros aspectos de su estrategia; puede hacer que las estrategias insurgentes se modifiquen, que refuercen sus bases de apoyo y simpatía de la población, conducir a una mayor radicalización a los líderes sobrevivientes, generar condiciones para la adhesión de dirigentes más radicales y aumentar o disminuir el conflicto de modo que favorezca a la insurgencia.

Estas son algunas de las buenas prácticas que recomienda la CIA:

– Definir el impacto deseado sobre la trayectoria del grupo insurgente, considerando que en algunos casos pueden generarse efectos indeseados.

– Definir la decisión del ataque con base en un sólido conocimiento de los mecanismos internos del grupo y sus debilidades específicas, información que se puede obtener mediante los interrogatorios a sus desertores.

– Incorporar la operación de ataque a una estrategia integral, que permita capitalizar el resultado de la operación o compensar algunos de los efectos producidos.

– Proteger a los actores más moderados. Los ataques contra los líderes más violentos y extremistas pueden resultar en un acuerdo político. En muchos grupos insurgentes hay divisiones internas entre sus dirigentes más militaristas y los más políticos.

– Aprovechamiento de las contradicciones internas. Exacerbar o explotar las fisuras en los liderazgos puede funcionar de manera tan efectiva como el dirigir un ataque militar contra uno de sus liderazgos.

Ver el documento original




CIA: contrainsurgencia a la medida

19 de diciembre de 2014

El portal de filtraciones Wikileaks difundió ayer un documento titulado Las mejores prácticas en contrainsurgencia: cómo hacer de las operaciones de ataque a objetivos de alto nivel una herramienta efectiva, elaborado por la Agencia Central de Inteligencia (CIA) en julio de 2009, es decir, durante la primera presidencia de Barack Obama. En el texto referido se formulan diversas recomendaciones a gobiernos del mundo que enfrentan conflictos armados con grupos insurgentes para realizar operaciones contra objetivos de alto nivel (HVT, por sus siglas en inglés), que incluyen el asesinato político, las capturas, la remoción de liderazgos, la neutralización y la marginación de dirigentes guerrilleros.

El informe cita como una de las operaciones más exitosas de los casos de estudio el asesinato del ex dirigente de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) Raúl Reyes, ocurrido en en marzo de 2008 en un campamento ubicado en territorio ecuatoriano, en el que perecieron 22 integrantes de esa organización político-militar y cuatro estudiantes mexicanos.

Al igual que como ocurrió con la difusión del informe del Comité Selecto de Inteligencia del Senado, en el que se documenta el uso sistemático de la tortura por parte de Washington, el informe difundido ayer por la organización fundada por Julian Assange tiene la virtud de documentar y dar sustancia a un hecho que venía siendo un secreto a voces desde hace décadas: que un gobierno formalmente constituido, como es el de Estados Unidos, recurre, recomienda y sistematiza el asesinato de insurgentes como una práctica común, a contrapelo de las nociones humanitarias más elementales.

El documento constituye un agravante adicional al descrédito del gobierno estadunidense no sólo porque comprueba el injerencismo grotesco de Washington en países que viven conflictos armados internos, sino porque coloca a ese gobierno, que se suele presentar a escala planetaria como defensor de la legalidad y los derechos humanos, como un régimen ilegal e inhumano, que ni siquiera se plantea llevar a juicio a las personas consideradas discrecionalmente como insurgentes y objetivos de alto nivel, sino que asume como función principal su exterminio físico.

Se comprueba, asimismo, que a contrapelo de su prédica de combate al terrorismo, Washington no ha dudado en recurrir a actividades que podrían ser calificadas de terroristas cuando así ha convenido a la defensa de sus intereses geopolíticos, económicos, diplomáticos o militares.

Si el grueso de la opinión pública estadunidense no ha podido ver esta dolorosa realidad se debe, en buena medida, al poderío de un aparato mediático que suele distorsionar la información y encubrir el rostro más impresentable del poder público estadunidense, cuando no lo hace aparecer como comprometido con la democracia, los derechos humanos y la paz internacional.Por contraste, esta última consideración revela la importancia de la labor informativa que realiza Wikileaks a escala planetaria y explica en buena medida la inquina que en su contra mantienen la mayoría de los gobiernos occidentales, empezando por el de Washington.

lunes, 15 de diciembre de 2014

ESTADOS UNIDOS Y LA UNIÓN EUROPEA ARMARON A LOS TERRORISTAS EN IRAK Y SIRIA Y CREARON EL ESTADO ISLÁMICO


TRIBUNAL DIGNIDAD., SOBERANÍA, PAZ CONTRA LA GUERRA/ COMITÉ INDEPENDENCIA Y SOBERANÍA PARA AMÉRICA LATINA (CISPAL)
Jueves 11 de diciembre de 2014 por CEPRID

La injerencia de Estados Unidos y la Unión Europea en Medio Oriente para destruir a Irak y derrocar al gobierno constitucional de Bashar al- Asad de Siria, el apoyo económico y militar que incluyó la entrega de armas nucleares a Israel, fueron determinantes para el surgimiento de ISIS-EIIL que, inicialmente eran grupos terroristas armados, financiados y entrenados por la CIA y otras agencias de inteligencia de la UE, constituyen ahora un ejército que siembra el terror en nombre del Estado Islámico que pretende organizar un califato al estilo medieval pero con armas dotas de tecnología de punta entregadas por el imperio y sus aliados europeos.

Ante el avance del ejército del EIL, entre asustados y asombrados, Estados Unidos y sus aliados de la UE, con bombardeos indiscriminados de por medio, pretenden destruir a su propia creación, pues demasiado tarde entendieron que dieron origen a un monstruo difícil de matar. Hay analistas y especialistas en Medio Oriente que afirman que ni en treinta años podrán derrotar a ISIS-EIL y que más bien podría convertirse en el II Vietnam para el imperio y sus secuaces.

El Estado Islámico de Irak (EIL) se convirtió en Estado Islámico en Iraq y el Levante (ISIS, por sus siglas en inglés) cuando, con apoyo y patrocinio de Estados Unidos y sus cómplices europeos inició y extendió sus acciones terroristas en Siria, para derrocar al Presidente Bashar al-Asad. Los muertos sirios se cuentan por millares como obra de esos terroristas fanáticos, dogmáticos y en extremo fundamentalistas.

El objetivo inmediato de esos terroristas que cuentan ahora con un ejército superior a los 18.000 soldados con refuerzos provenientes del Reino Unido, de otros países de Europa y Estados Unidos, es la autoproclamación del califato mundial que pide que se le llame Estado Islámico y se le reconozca a nivel internacional..

Precisamente para negar la existencia de un Estado Islámico, Washington y otros países y expertos se refieren a los yihadistas como ISIS y no como Estado Islámico.

“El grupo yighadista ISIS que está extendiendo su terror por Siria e Irak modificó su nombre a mediados del mes de julio, tras autoproclamar su califato. Dejó de llamarse Estado Islámico en Iraq y el Levante para autodenominarse Estado Islámico. ¿Qué significa su nombre? ¿Tiene connotaciones distintas el uso de uno u otro?

La historia del grupo se remonta a 2002 cuando el jordano Abu Musab al Zarqawi, bajo el nombre de Tawhid wa al-Jihad, quien juró lealtad a Osama bin Laden, por lo que un año después se convirtió en la rama en Irak de Al Qaeda. Con la muerte de Abu Musab al Zarqawi en 2006, Al Qaeda creó al Estado Islámico de Irak, que fusionó a las milicias en Irak y Siria, creando el actual Estado Islámico y de Levante. En ese momento adoptó el nombre de EIL

En 2013, con ese nombre y todavía como una marca de Al Qaeda, extiende sus tentáculos por Siria. EIL se convierte en otro de los grupos rebeldes que lucha contra el régimen de Bashar al Assad con el apoyo del Frente Al Nusra, la rama de Al Qaeda en Siria. Su líder, el enemigo número uno de EEUU, Abu Bakr al Baghdadi ordena que el grupo terrorista empiece a denominarse Estado Islámico en Iraq y el Levante (ISIL por su siglas en inglés).

El presidente Barack Obama, explicó el pasado 10 de septiembre, su estrategia para terminar con el grupo terrorista. En todo momento se refiere a los yihadistas con este acrónimo y no como Estado Islámico, nombre con el que la organización quiere denominarse.

La corresponsal de CNN para Asuntos Globales, Elise Labott, asegura que “Washington no quiere reconocer sus planes para un califato”. Idea con la que coincide Haizam Amirah Fernández, experto en Mediterráneo y Mundo Árabe, del Real Instituto Cano. “No utilizo el nombre de Estado Islámico porque no es un estado y la mayoría de los musulmanes no los consideran islámicos”, asegura en declaraciones a www.lainformacion.com

Por su parte, John Daniszewski, vicepresidente y director editorial senior de noticias internacionales para The Associated Press, indica que la inclusión del Levante en su nombre “es la traducción más exacta del nombre del grupo y refleja sus aspiraciones de gobernar sobre una amplia franja del Medio Oriente”.

La diferencia entre ISIL e ISIS hace referencia a la traducción árabe del nombre. Según señala la CNN, ISIS es una traducción al inglés de las siglas en árabe para: al Dawla al Islamiya fi al Iraq wa al Sham, o el Estado Islámico en Iraq y al Sham. Dado que los planes de la organización son fundar un califato, que se extienda desde Turquía por toda Siria hasta Egipto y que incluya los territorios palestinos, Jordania y Líbano. De ahí que para muchos expertos, esta sea la opción más correcta.

El pasado mes de julio el Estado Islámico proclamó el califato en los territorios de Siria e Irak bajo su control. A partir de ese momento, pidió ser reconocido con ese nombre. Aunque sea el nombre más usado en los medios y en las declaraciones políticas, cada vez son más los críticos y las voces que se niegan a llamarlos así para no reconocer el éxito de su califato. Haizam Amirah asegura que “si lo presentamos así, cualquier ataque contra el estado islámico puede ser presentado como una guerra contra el Islam y eso a ellos les da más oxígeno.”

Sea como sea, se les llama como se les llame, más allá de su nombre, el grupo yihadista se conoce como sus prácticas medievales que incluyen crucifixiones, decapitaciones y ejecuciones públicas con las que ha llamado la atención del mundo entero.

USA-ESTADO ISLÁMICO

Noam Chomsky, reconocido escritor y filósofo de Estados Unidos, criticó la política estadounidense en Oriente Medio, relacionó el surgimiento del Estado Islámico (EI) con la intervención de ese país en Iraq.

En una entrevista concedida a Truthout sostuvo que “La aparición del EI y la difusión general del yihadismo radical es una consecuencia bastante natural del martilleo de Washington sobre la frágil sociedad de Iraq“. “Creo que Estados Unidos es uno de los creadores fundamentales del EIIL. (…) Sus intervenciones destructivas en el Medio Oriente y la guerra en Irak fueron las causas básicas del nacimiento del EIIL”, declaró Chomsky.

En otra parte de sus declaraciones y en alusión al alto el fuego acordado el pasado mes de agosto entre el régimen de Israel y el Movimiento de Resistencia Islámica Palestina (HAMAS), denunció el incumplimiento del régimen usurpador, mientras la parte palestina, según el lingüista norteamericano, “lo cumple”.

Teniendo en cuenta el apoyo militar, económico, diplomático e ideológico de Washington al régimen de Tel Aviv, acusó a las autoridades israelíes de llevar adelante sus políticas expansionistas en los territorios ocupados palestinos “dejando a los palestinos en cantones desmembrados”.

En referencia a la reciente agresión israelí contra el pueblo palestino de la Franja de Gaza durante la cual murieron más de 2160 personas, criticó el suministro armamentístico de EE.UU. al régimen de Israel. “En un momento dado, las armas israelíes parecían estar agotándose, y los EE.UU. suministraron amablemente a (el régimen de) Israel armas más avanzadas, lo que le permitió seguir la embestida”, deploró.

CREADOR CLAVE

Chomsky asegura estar de acuerdo con las recientes declaraciones del escritor y exagente de la CIA, Graham Fuller, que acusó a EE.UU. de ser uno de los “creadores clave” del grupo terrorista, como resultado de la guerra contra Iraq emprendida en 2003.

“La situación es un desastre para EE.UU., pero es un resultado natural de su invasión“, dijo Chomsky.

“Una de las graves consecuencias de la agresión de Estados Unidos y Reino Unido fue la de inflamar los conflictos sectarios que ahora están destrozando Iraq en pedazos, y que se han extendido por toda la región con consecuencias terribles”, agrega en académico.

Chomsky advierte que el fanatismo religioso no se propaga sólo en los países de Oriente Medio, sino también en EE.UU., fenómeno del que responsabiliza en parte al Partido Republicano.

“No hay muchos países en el mundo donde la gran mayoría de la población crea que la mano de Dios guía la evolución, y donde casi la mitad de ellos piense que el mundo fue creado hace unos pocos miles de años”, dijo.

“Y a medida que el Partido Republicano se ha vuelto tan extremo sirviendo a los ricos y al poder de las corporaciones, que no puede apelar a la opinión pública para que apoye sus políticas reales, se ha visto obligado a recurrir a estos sectores como una base de votantes, dándoles una influencia sustancial sobre la política”, denunció Chomsky Por su parte, León Panetta que fuera Jefe del Pentágono y de la CIA aseguró que la guerra contra los yihadistas del Estado Islámico (EI) será compleja y podría durar 30 años debido a las decisiones tomadas por el presidente Barack Obama.

En declaraciones a ’USA Today’. dijo: "Pienso que estamos ante un tipo de guerra que podría durar 30 años y que podría plantear amenazas para Libia, Nigeria, Somalia y Yemen”

En concreto, Panetta sostiene que Obama fracasó al no presionar lo suficiente al Gobierno iraquí para que autorizara la permanencia de un contingente de soldados estadounidenses en el país después de la retirada de las tropas en 2011, estimando que eso creó un "vacío" en la seguridad.

El periodista Murad Sezer en Reuters sostuvo que los ataques aéreos liderados por EE.UU. en Siria no han logrado interrumpir el avance del Estado Islámico en Kobani, poniendo en duda la eficacia de la estrategia occidental empleada para acabar con el movimiento yihadista.

Prácticamente después de que el Pentágono haya extendido su campaña aérea desde Irak hacia Siria para combatir a los activistas del Estado Islámico, los milicianos kurdos afirman que estos bombardeos han tenido un impacto mínimo a la hora de hacer retroceder posiciones a dicho movimiento yihadista, informó ’The Guardian’.

"No basta con realizar ataques aéreos de forma aislada para derrotar al Estado Islámico en Kobani", afirma Idris Nassan, portavoz de los combatientes kurdos. "Están asediando la ciudad en tres frentes y los aviones de combate simplemente no pueden hacer blanco en cada uno de los activistas del Estado Islámico sobre el terreno".

Asimismo, Nassan advirtió que el Estado Islámico había adaptado sus propias tácticas militares para evadir dichos ataques aéreos, dispersándose y escondiéndose al divisar aviones de combate. En la práctica, los milicianos kurdos son los que han defendido a la ciudad de Kobani, Se ha denunciado que los yihadistas del EIL han capturado, torturado, violado y asesinado a milicianas kurdas que defienden su ciudad.

“En este sentido, el reconocimiento de que los bombardeos aéreos no son suficientes para cambiar el rumbo de la situación desestabiliza a los miembros de la coalición liderada por EE.UU., incluido el Gobierno del Reino Unido, que también apoya la idea de que la guerra aérea es la mejor opción en la lucha contra el Estado Islámico.

Pese a las voces que insisten en que la estrategia actual no es la adecuada para vencer a los yihadistas, Nick Clegg, el viceprimer ministro británico, afirma que no cree que "la solución resida en la incrementación de las fuerzas armadas terrestres como si de se tratara de una lucha convencional ’Estado contra Estado".

Por su parte, el primer ministro David Cameron no se quiere pronunciar acerca de los bombardeos aéreos en Siria hasta que los liberaldemócratas y laboristas se pongan de acuerdo.

Sin duda, la situación en Irak, Siria, los Estados árabes que forman parte de la coalición y Turquía es sumamente compleja tanto por los intereses geopolíticos y económicos de las grandes potencias, la corrupción de muchos Estados Árabes que se han prestado al juego del imperio y sus adláteres, como por los sentimientos religiosos fanatizados de los combatientes yihadistas.

Hay analistas que critican ácidamente a Estados Unidos al afirmar que no podrán derrotar al Estado Islámico si hasta ahora no han sido capaces de vencer a Al Qaeda que es otra criatura creada por el imperio y su CIA. El Estado Islámico es una criatura más monstruosa y más radical y se preguntan ¿Se trata acaso de preservar la unidad de Iraq? Ignacio Ramonet en un análisis efectuado en Le Monde diplomatique y luego difundido por Cubadebate sostenía: Pero entonces, ¿por qué empezar la ofensiva actual armando masivamente a los peshmergas kurdos que anuncian públicamente su intención de separarse y de proclamar la independencia del Kurdistán iraquí? O quizás se trate, como se pretendió en 2003, de establecer una democracia auténtica en Iraq. Pero entonces, ¿por qué se toleró, hasta hace muy poco, que Nuri Al Maliki, primer ministro iraquí de 2008 a 2014, condujese una política escandalosamente discriminatoria a favor de los chiíes y contra los suníes, empujando a estos a los brazos del EI?

Por otra parte, dice: “la gran coalición constituida en torno a Estados Unidos para atacar al EI y que supera los cuarenta países, aparece como demasiado heterogénea y hasta contradictoria. Uno de sus pilares, por ejemplo, Arabia Saudí es una de las peores dictaduras del mundo, con miles de presos políticos en sus mazmorras, con pena de muerte para los homosexuales, discriminaciones aberrantes contra las mujeres, con una concepción del Islam (el wahhabismo) de lo más retrógrada e integrista que existe, y sobre todo un país que ha financiado durante años al Estado Islámico antes de descubrir, como el Dr. Frankenstein, que su engendro se le había ido de las manos. O Qatar, otra espantosa dictadura, que financia a los Hermanos Musulmanes por todo el mundo islámico…, ¿No hay una contradicción en querer hacer la guerra a los terroristas del EI aliándose con países que financian abiertamente otro terrorismo islámico?

Se modifica la estrategia global

Es obvio que la decisión del presidente Obama de comenzar una nueva guerra en Oriente Próximo modifica además la estrategia global de Estados Unidos en materia de conflictos y de prioridades geopolíticas. Washington había decidido iniciar un amplio movimiento de un nuevo despliegue hacia Asia, donde se halla su contrincante principal para el siglo XXI, China, y donde está hoy (y mañana más) el centro económico del mundo. Según los grandes “tanques de pensamiento” estadounidenses, Europa ya no necesita (a pesar de la situación en el este de Ucrania) de una presencia militar importante norteamericana. Y aunque los enredos de Oriente Próximo van a seguir siendo inextricables, ya no ponen en peligro la seguridad estratégica de Estados Unidos puesto que, gracias al petróleo y al gas de esquisto descubiertos en territorio estadounidense, la dependencia de los hidrocarburos de Oriente Medio ha dejado de ser significativa”. La doble moral del imperio en el Oriente Medio ha sido demostrada en un reportaje difundido por Reuters cuando manifiesta: “Mientras el Estado Islámico consolida sus posiciones en la ciudad de Kobani, una fuente en el Departamento de Estado de EE.UU. revela cómo los estadounidenses mantenían diálogo con la élite política kurda en Siria y alentaban a sus oponentes.

El portal de la revista ’Foreign Policy’ informa que hace años Washington mantenía conversaciones indirectas con el Partido kurdo de la Unión Democrática Siria (PYD), aunque lo ha negado siempre. Como se ha revelado, EE.UU. dialogaba con la fuerza política kurda y casi a la vez trataba de capacitar a sus rivales, es decir, la milicia kurda del Consejo Nacional Kurdo (KNC, por sus siglas en inglés) y reconciliarlos con la oposición armada del Ejército Libre Sirio al Gobierno de Bashar al Assad. Aunque Washington había rechazado las peticiones del PYD de celebrar encuentros formales, EE.UU. iniciaría conversaciones indirectas con el grupo en 2012, según reconoció a ’Foreign Policy’ el exembajador de EE.UU. en Siria Robert Ford.

Según dos fuentes kurdas conocedoras de las reuniones, las conversaciones podrían incluso haber estado celebrándose desde que Ford abandonara Siria en 2011. Los encuentros se llevaron a cabo a través de la Embajada estadounidense en París, de acuerdo con las citadas fuentes. Tanto Ford como los kurdos se negaron a identificar al intermediario en estos encuentros.

Aproximadamente al mismo tiempo, Washington trató de capacitar la coalición rebelde del Consejo Nacional Kurdo, que también coopera con la oposición siria apoyada por Occidente. En mayo de 2012, una delegación del KNC liderada por su entonces presidente, Abdul Hakim Bashar, visitó Washington y se reunió con Ford, con el secretario adjunto para Asuntos de Oriente Próximo, Jeffrey Feltman, y el enviado de EE.UU. a la oposición siria, Frederic Hof.

La prioridad para los estadounidenses era introducir el KNC en la oposición siria en el exilio, entonces dirigida por el Consejo Nacional Sirio (CNS). Ford y Hof instaron al KNC a "concentrarse en superar las diferencias del grupo con el CNS y a centrarse en la eliminación [de Assad] como el objetivo más urgente", según un documento del Departamento de Estado elaborado tras una de las reuniones y obtenido por ’Foreign Policy’.

Por otra parte, Vladimir Astapkovich , en RIA Novosti informaba que el Ministro de Relaciones Exteriores de Rusia, Serguéi Lavrov opinaba que: "Es evidente que ni el Estado Islámico, ni el Frente Al Nusra ni Al Qaeda podrían hacer lo que hacen sin apoyo del exterior". Agregaba que Rusia y sus socios en el Consejo de Seguridad de la ONU busca el modo de cortar los canales de financiación de grupos terroristas como el Estado Islámico [EI], Al Qaeda y el Frente Al Nusra".

Ignacio Ramonet informaba: “El 11 de septiembre pasado –fecha más que simbólica– el presidente de Estados Unidos, Barack Obama, se dirigió a la nación para anunciar su nueva estrategia militar contra el Estado Islámico (EI) que, según él, representa una “amenaza para todo Oriente Medio”. Obama precisó que las fuerzas estadounidenses atacarían al EI “esté donde esté”, incluso en Siria. Esta nueva estrategia pasa por el lanzamiento de ataques aéreos “sistemáticos” contra los yihadistas y el aumento del número de especialistas militares estadounidenses enviados a Iraq para apoyar a las tropas iraquíes en cuestiones de adiestramiento militar, inteligencia y equipamiento.

Obama añadió que el ejército estadounidense no participaría en ofensivas terrestres contra el EI, y que Washington no tiene intención de luchar contra los yihadistas “a solas”. “La fuerza estadounidense –aclaró– puede marcar una diferencia decisiva, pero no podemos hacer por los iraquíes lo que ellos tienen que hacer por sí mismos, como tampoco podemos ocupar el puesto de los aliados árabes para garantizar la seguridad de su región”.

Barack Obama, que fue elegido en 2008 como crítico a la invasión de Iraq de 2003 ordenada por su predecesor George W. Bush, aseguró que no estaba enviando de nuevo tropas al terreno. Y, en un ejemplo típico de denegación freudiana (die verneinung), declaró: “Como comandante en jefe, no permitiré que Estados Unidos se vea envuelto en otra guerra en Iraq”. O sea, que ha comenzado la tercera guerra de Iraq.

La primera, más conocida como “Guerra del Golfo” (1990-1991), fue liderada por el presidente de Estados Unidos George H. Bush a la cabeza de una coalición de treinta y cuatro países que se opusieron, bajo autorización de la ONU, a la invasión de Kuwait por las fuerzas iraquíes de Sadam Husein. Terminó con la derrota de Iraq y la evacuación de Kuwait.

La segunda (2003-2010) fue desencadenada por el presidente George W. Bush (hijo del precedente) en la atmósfera de paranoia que siguió a los atentados del 11 de septiembre de 2001 y bajo el falso pretexto de que Sadam Husein poseía “armas de destrucción masiva”. La ONU no autorizó esa guerra. Las fuerzas iraquíes fueron derrotadas en pocas semanas pero nunca se consiguió la paz; Iraq se sumergió en un caos de violencia del que aún no ha salido.

Como las dos precedentes, y tras casi veinticinco años de enfrentamientos, esta nueva guerra no conseguirá su objetivo. Primero porque nunca se ha ganado una guerra únicamente con bombardeos aéreos, y segundo porque, sencillamente, los objetivos de esta guerra no están nada claros, sostenía Ramonet.

Lo cierto es que Estados Unidos y Europa armaron al Estado Islámico con el apoyo de la OTAN. La Red Voltaitre sostenía: Países del este de Europa armaron al grupo yihadista Emirato Islámico en Irak y el Levante (EIIL o Daesh, en árabe)bajo la aprobación de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN). Así reveló el diario estadounidense The World Tribune, citando a una fuente diplomática anónima.

La fuente añadió que el EIIL (hoy conocido como Estado Islámico) pidió «misiles antitanques, RPG, equipos de telecomunicaciones y chalecos antibalas a países europeos como Bulgaria, Croacia, Rumania y Ucrania».

«Los servicios de inteligencia de la OTAN facilitaron la entrega de ese armamento afirmando que era una ayuda humanitaria a Siria», aseguró la fuente, para después subrayar que Turquía desempeñó un papel crucial en equipar a Daesh. El diplomático aseguró que el EIIL comenzó a pedir armas y equipos militares desde el principio de 2013. En este sentido, Croacia ha proporcionado lanzacohetes y vehículos blindados, mientras que Rumania tanques, Ucrania ha brindado armamento para la infantería y Bulgaria la munición, enfatizó.

Cabe señalar que las fuerzas iraquíes revelaron que los elementos del Emirato Islámico utilizan armamento israelí en sus ofensivas dentro del territorio iraquí.

Los yihadistas del Estado Islámico, que gozan del apoyo de países occidentales y regionales, perpetran diversos actos criminales tanto en Siria como en Irak, incluidas ejecuciones sumarias y secuestros masivos. Tica Font y Pere Ortega, activistas e investigadores por la paz - Miembros del Centre Delàs d’Estudis per la Pau sostienen: A mediados de agosto, en una reunión extraordinaria y de urgencia, los ministros de asuntos exteriores de la UE acordaron respaldar la entrega de armas a los peshmerga del gobierno autónomo kurdo. El acuerdo no fue unánime, algunos ministros mostraban reticencias a dicho acuerdo y otros como Reino Unido, Francia, Italia y en menor medida Alemania exigían un acuerdo y toma de posición “fuerte”. Por ello, los envíos de armamento europeos no serán centralizados por Bruselas ni requerirán un acuerdo común; cada país decidirá si suministra material militar o no a los combatientes del gobierno autónomo kurdo y deberá contar con el consentimiento del gobierno iraquí.

De momento Estados Unidos ha anunciado que la CIA será la encargada de mandar directamente armas a los peshmerga, Francia ha anunciado que ha mandado armas y Alemania acaba de anunciar que lo hará y ha pedido a los países del antiguo Pacto de Varsovia que manden municiones a los kurdos, ya que el armamento que poseen tiene origen soviético. El presidente de la región autónoma del Kurdistán iraquí, Masud Barzani, afirmó que Irán había sido el primer país que les ha entregado armas.

Peshmerga significa “aquellos que hacen frente a la muerte” y hace referencia a los combatientes Kurdos de Irán e Irak, no a los miembros del PKK en Turquía. Los pershmerga iraquíes están compuestos por las unidades armadas del Partido Democrático del Kurdistán (PDK) y la Unión Patriótica del Kurdistán, según diversas fuentes, el número de peshmergas oscila entre 100.000 y 190.000 efectivos armados. En la década de los 80 y 90 los peshmerga eran una guerrilla que reivindicaba un estado kurdo y era fuertemente combatida por Saddam Hussein por sus aspiraciones territoriales e independentistas; los perhmerga combatieron contra el ejército iraquí durante la Guerra del Golfo y la invasión occidental del 2003.

Los peshmergas no forman parte del ejército iraquí y por tanto son brigadas armadas fuera del control del gobierno del país, el cual no sufraga sus salarios ni las armas, que deben estar sufragadas con las ventas de petróleo bajo control kurdo. El hecho de que en Irak exista el ejército y otras fuerzas armadas fuera del control del Estado, representa por una parte una fuente de tensión interna relevante y por otra modernizar y armar brigadas podría modificar el equilibrio de fuerzas en la región; al mismo tiempo que es necesario evaluar las repercusiones que en un futuro puede tener, un grupo armado kurdo, sobre la reivindicación histórica de los kurdos de Irak, Irán, Siria y Turquía de tener un territorio y un Estado propio.

El motivo que se aduce para armar y formar militarmente estas brigadas, es combatir al Estado Islámico (EI), pero también hay que evaluar el impacto futuro de esta decisión, la de armar y formar militarmente a unos grupos cuyo proyecto político es el de construir un nuevo Estado, el Estado Kurdo.

En términos de legalidad, como ya se ha mencionado el destinatario de las armas no es el Estado de Irak ni sus fuerzas armadas, sino unos cuerpos regionales no controlados por el gobierno del país y por tanto no conforme a la legalidad. Por otra parte, la legislación española en el artículo 8 a) expresa que se denegarán exportaciones cuando existan indicios racionales de que las armas puedan ser empleadas en acciones que perturben la paz, la estabilidad o la seguridad en el ámbito mundial o regional o puedan exacerbar las tensiones.

En definitiva, y como siempre, los intereses políticos inmediatos se anteponen al bien común y se facilitan armas a actores no legales. En estos momentos, combatir a EI, aliándose para ello con enemigos históricos o recientes sin llevar a cabo evaluaciones sobre el impacto a largo plazo que las mismas puedan acarrear, puede ser nefasto. Recordemos que en Afganistán se apoyó a los talibanes mientras éstos luchaban contra la ex URSS, en Irak se dio apoyo a Saddam Hussein mientras era enemigo de Irán. A Bashar al Assad se le ha demonizado y combatido y ahora compartimos la lucha contra EI. En un periodo reciente hemos visto a aliados que se convierten en enemigos y enemigos que se convierten en amigos; mientras la población civil sufre las consecuencias de este juego de alianzas y reparto de poderes. Mientras tanto, las víctimas inocentes se cuentan por miles y el mundo asiste a otra guerra imperial decretada por Estados Unidos y sus amigos europeos.

Correo electrónico: tribunalpazecuador@yahoo.com

http://www.nodo50.org/ceprid/spip.php?article1926

martes, 9 de diciembre de 2014

MESA REDONDA 10 DE DICIEMBRE: "CUANDO LOS DOCUMENTOS MIENTEN: MEMORIA HISTÓRICA DERECHO A LA VERDAD Y DERECHO A LA IDENTIDAD "

10 de diciembre de 2014, 18,30 h. Sala de Conferencias
Intervienen:
Luis Acebal Monfort
Junta Directiva de la Asociación Pro Derechos Humanos de España.
Francisco González de Tena
Sociólogo. Presidente de la Asociación X24.
Pedro López López
Profesor de la Facultad de Ciencias de la Documentación. Activista de derechos humanos.
Soledad Luque Delgado 
Presidenta de la Asociación Todos los Niños Robados son también mis Niños
Presenta y modera el acto:
José Mª de Francisco Olmos 
Decano de la Facultad de Ciencias de la Documentación

Lugar: Facultad de Ciencias de la Documentación. C/ Santísima Trinidad, 37. Estaciones de metro cercanas: Iglesia (L1), Alonso Cano (L7), Canal (L2, L7). Autobuses: 3, 37, 12, 61, 16, 29

martes, 25 de noviembre de 2014

Seminario El genocidio olvidado del siglo XX

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Noviembre 2014
Seminario Internacional. Madrid 28/29 de noviembre 2014

Salón de Actos Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
C/ San Marcos Nº 40

¿El genocidio olvidado del siglo XX?
El propósito del seminario es abrir un proceso pedagógico que acompañe la preparación, a lo largo de un año lectivo,  de un viaje de memoria a Auschwitz con jóvenes gitanos y no gitanos.
Este proceso pedagógico contempla la realización de diversos seminarios con enfoques complementarios y actividades educativas de base en distintos lugares  del territorio estatal.
En cuanto al viaje de memoria, está pensado desde una perspectiva intercultural  y humanista  que pueda fortalecer  lazos de convivencia entre colectivos distintos, espiritual, social y territorialmente.
La otra meta que nos proponemos a lo largo de este proceso es  que  los jóvenes gitanos al adentrarse en la memoria histórica de su pueblo, logren  empoderarse de su propio futuro, compartiendo el sentimiento   de que todos, unos y otros, gitanos y no gitanos, han de ser  ciudadanos  europeos de pleno derecho.




Keystone, el cambio climático y el frío

Amy Goodman, con la colaboración de Denis Moynihan
Esta semana, el Senado vivió una escena conmovedora. Mientras la senadora que presidía la sesión, Elizabeth Warren, anunciaba la derrota del oleoducto Keystone XL, un miembro de la tribu sioux de Crow Creek, de Dakota del Sur, que se encontraba en una de las galerías del Senado, se puso a cantar. El enorme movimiento popular en favor del clima y en contra de la extracción del petróleo más sucio del planeta finalmente prevaleció... al menos por ahora.
Fue una senadora demócrata, Mary Landrieu de Louisiana, quien representó los intereses de la industria petrolera e intentó impulsar la aprobación del oleoducto. Landrieu esperaba que la aprobación la ayudara en la segunda vuelta electoral del seis de diciembre, en la que debe enfrentar al congresista Bill Cassidy, que patrocinó un proyecto de ley similar en la Cámara de Representantes. Los republicanos han prometido volver a introducir el proyecto de ley cuando asuman el control del Senado en el mes de enero.
La coalición contra el oleoducto Keystone XL tiene una base amplia. Comprende ambientalistas, activistas indígenas, agricultores y ganaderos, todos preocupados por el cambio climático y la protección de sus tierras. Les preocupa la posibilidad de que se produzcan derrames de petróleo en el acuífero de Ogallala, uno de los más grandes del mundo, que se extiende desde Dakota del Sur hasta Texas y provee agua a millones de personas. El nombre de una de las organizaciones asociadas señala el rasgo único de esta coalición: Vaqueros e Indios Unidos. En las dunas y grandes llanuras del oeste, los residentes que en el siglo XIX eran más que propensos a ser adversarios, ahora se han unido para enfrentar el agresivo plan de la empresa transnacional TransCanada para imponer una traza del oleoducto que pase a través de sus tierras.
Cyril Scott, presidente de la tribu sioux de Rosebud, de Dakota del Sur, me dijo: “Como todos sabemos, la lucha, solo acaba de comenzar. Los republicanos asumen el control de la Cámara de Representantes en enero. Tenemos que prepararnos, estar listos y comenzar nuestra propia campaña para asegurarnos suficiente apoyo para poner fin a esta serpiente negra que va a dañar no solo el país de los indígenas, sino todo Estados Unidos de América”.
La función principal del oleoducto Keystone XL será trasladar el petróleo de las arenas alquitranadas de la región de Alberta en Canadá, a las instalaciones portuarias de la costa sur de Texas, para el envío del petróleo a los clientes de ultramar. También permitirá ampliar la extracción de las arenas alquitranadas, una forma de petróleo mucho más destructiva para el medio ambiente que otras. El climatólogo James Hansen, ex director del Instituto Goddard de la NASA para Estudios Espaciales, escribió en el New York Times: “Si Canadá sigue adelante y no hacemos nada, el clima será historia”. Hansen es una de las más de 1.200 personas que han sido arrestadas frente a la Casa Blanca en manifestaciones contra el Keystone XL.
Tiempo atrás, el presidente Barack Obama había declarado que si no se aprobaba el oleoducto Keystone XL, TransCanada de todos modos construiría otro oleoducto que evitaría pasar por Estados Unidos totalmente y enviaría el petróleo a través de Canadá, a su costa este u oeste. Naomi Klein, activista en defensa del clima y autora de una especie de biblia de este nuevo movimiento que se titula “This Changes Everything: Capitalism vs. the Climate” (Esto lo cambia todo: el capitalismo contra el clima, en español), afirma que el argumento ya no tiene vigencia. El día anterior a la votación en el Senado, me dijo: “El oleoducto Keystone está estrechamente vinculado a los planes de las industrias petroleras y del gas para ampliar drásticamente la producción en las arenas alquitranadas de Alberta.Las arenas alquitranadas están realmente rodeadas de oposición. Por donde quiera que se intente construir un nuevo oleoducto o expandir uno existente, se enfrentará a una feroz acción directa, así como a impugnaciones legales de los pueblos indígenas y otros intereses. Así que, la idea de que si no se construye Keystone el petróleo va a salir de todos modos, es absurda”.
TransCanada está claramente preocupada por el movimiento. Documentos filtrados obtenidos por Greenpeace revelan que TransCanada ha contratado a Edelman, la compañía de relaciones públicas más grande del mundo, para librar una campaña contra los grupos que intentan bloquear sus proyectos de oleoductos. Los documentos revelan que Edelman ya ha creado un grupo artificial, una especie de organización civil falsa que promueve una agenda a favor del oleoducto, y ha hecho la propuesta de que 40 profesionales de relaciones públicas de Edelman trabajen para acosar y confundir a los grupos de protesta.
El presidente Obama señaló antes de la votación del Senado que se ha vuelto escéptico respecto al oleoducto Keystone XL y a las afirmaciones de quienes lo proponen de que generará empleos y reducirá el precio de la gasolina en el país: “Comprendan lo que es este proyecto. Es darle a Canadá la capacidad de extraer su petróleo, enviarlo a través de nuestro territorio hasta el golfo de México, desde donde será exportado a cualquier otra parte del mundo”.
Mientras tanto, otro presidente, Cyril Scott, de la tribu sioux de Rosebud, dijo en un comunicado: “Vamos a cerrar las fronteras de nuestra reserva al Keystone XL. Autorizar el Keystone XL es un acto de guerra contra nuestro pueblo”.
Con el récord de frío que azota el país esta semana, y la nevada equivalente a la de un año en Buffalo, Nueva York en un solo día, tenemos que preguntarnos: ¿Qué se necesita para escuchar a la ciencia y enfrentar de manera contundente la amenaza global que representa un cambio climático catastrófico?

© 2014 Amy Goodman
Traducción al español del texto en inglés: Inés Coira. Edición: María Eva Blotta y Democracy Now! en español, spanish@democracynow.org
Amy Goodman es la conductora de Democracy Now!, un noticiero internacional que se emite diariamente en más de 800 emisoras de radio y televisión en inglés y en más de 450 en español. Es co-autora del libro "Los que luchan contra el sistema: Héroes ordinarios en tiempos extraordinarios en Estados Unidos", editado por Le Monde Diplomatique Cono Sur.

lunes, 17 de noviembre de 2014

Una juez obliga a un menor a hacer la primera comunión en contra de su voluntad

Amina Nasser | andaluces.es | 15/11/2014
D.J.O. tendrá que empezar este martes las clases de catequesis preparatoria de la primera comunión en una parroquia de Sevilla por imperativo judicial. El menor, de 8 años, se confiesa no creyente, según cuenta su madre. Pero la titular del Juzgado de Primera Instancia número 26 de Sevilla ha resuelto en un auto atribuir al padre la facultad de decidir que acuda a catequesis para la primera comunión.
La juez accedió así a la petición del padre, que había solicitado al Juzgado que adoptara todas las medidas necesarias para que el niño pueda acudir a la catequesis, “incluso en fines de semana en el que le correspondiese disfrutar de la compañía de su madre”, para asegurar que realice la primera comunión. “Él no cree en Dios”, dice Irene, la madre, quien considera que la resolución judicial vulnera los derechos del menor y defiende que esa decisión correspondería a los dos progenitores. De hecho, en el escrito que presentó al Juzgado señalaba que las cuestiones relativas a “la educación o formación del menor en determinadas ideas o creencias religiosas y su participación en actos de iniciación o culto de una confesión religiosa, como la primera comunión”, excedían del ejercicio ordinario de la patria potestad.
La custodia del menor está en manos del padre desde hace poco más de un año, cuando el mismo juzgado de Sevilla se la quitó a la madre por la negativa del niño a cumplir el régimen de visitas. Eso le supuso el cambio de residencia, de Granada a Sevilla, el cambio de colegio y la ruptura con su ambiente y sus amigos. Son circunstancias que el Juzgado obvió en su momento, al retirarle la custodia a la madre, y que ha vuelto a ignorar ahora al determinar que se haga la voluntad del padre, obligando al pequeño a acudir a las clases de catequesis para hacer la primera comunión sin el consentimiento de la madre.
LA JUEZ NO HA OÍDO AL MENOR
“Este tipo de decisiones corresponde conjuntamente a los dos progenitores de común acuerdo” decía la madre en su escrito de alegaciones al Juzgado en el que también subrayaba que “no existe una edad máxima para recibir la primera comunión”. En sus alegaciones, la madre alegó, además, que “los menores de edad son también titulares del derecho a la libertad religiosa” y de culto, tal y como ha determinado el Tribunal Constitucional en varias sentencias y como reconocen distintos organismos internacionales y la Convención de Derechos del Niño. Nada de eso se ha tenido en cuenta en la resolución judicial. Ni siquiera se ha oído al menor, como pedía la madre, antes de dictar la resolución, contra la que no cabe recurso.
El Juzgado no ha aceptado ninguno de sus argumentos. La juez ha asumido los argumentos del Ministerio Fiscal que, sin oír al pequeño, consideró que debía atribuirse al padre la facultad de decidir porque no había nada que justificara que las clases podían perjudicar la menor. Lo más curioso del auto son los argumentos que esgrime para forzar al niño a acudir a las clases de catequesis para realizar la primera comunión. En sus fundamentos jurídicos, la juez alude a las consideraciones del Ministerio Público, que le quita la razón a la madre porque se casó por la Iglesia, porque el niño fue bautizado y porque la madre “instó al padre para que inscribiera al hijo común, una vez en Sevilla”, en los Escolapios.
Por estas razones, la Fiscalía consideró “ajustado a derecho atribuir la facultad de decisión al padre respecto a si el menor puede o no recibir clases de catequesis para la preparación de la primera comunión, y ello teniendo en cuenta la doctrina del Tribunal Supremo anteriormente expuesta relativa a la consideración del interés del menor como una cuestión de orden público, debido a la falta de capacidad del mismo para actuar defendiendo sus propios intereses, siempre que los criterios utilizados para su determinación sean razonables y se ajusten a dicho interés”, según se desprende de la resolución judicial.
LA FE NO HACE DAÑO
Además, la juez entiende que la madre del pequeño no ha acreditado en modo alguno que “la decisión del padre de que reciba clases de catequesis, acorde con su educación en la fe católica, suponga un perjuicio para el mismo, pues tan solo se hace referencia a la libertad de decisión del menor y a posibles situaciones de estrés o crisis emocional para el menor no acreditadas”.
Para que no quede ninguna duda, el auto incide en que los cónyuges “contrajeron matrimonio canónico comprometiéndose a formar una familia y educar a sus hijos en la fe católica, y posteriormente bautizaron al menor, siendo renovado dicho compromiso en el momento del bautismo”. También fundamenta la decisión de obligar al pequeño a recibir las clases de catequesis en la sentencia de nulidad matrimonial canónica de la pareja, dictada por el Tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica de España, procedimiento instado por la madre, “no considerándose, como indica el Ministerio Fiscal”, que “pueda actuar ahora en contra de los actos libremente asumidos en su día, sin que la decisión para la que el padre interesa autorización suponga un daño o perjuicio acreditado para el hijo menor”.
Para la asociación Granada Laica, la resolución judicial vulnera de entrada los derechos del niño y lo somete a un adoctrinamiento y a cumplir rituales, en este caso, católicos, en contra del niño y de lo que sostiene la propia Iglesia. El coordinador de Granada Laica, Manuel Navarro Lamolda, considera que un juez no puede obligar a un niño a ir a clases de catequesis y a hacer la primera comunión porque va en contra de las convenciones internacionales que han reconocido el derecho a la libertad religiosa de los menores.

viernes, 14 de noviembre de 2014

Corrupción, impunidad y derechos humanos


Los cargos públicos electos exigen el respeto de la ciudadanía por decreto, cuando abusan de su condición usufructuando del dinero público para sus asuntos personales, de forma que llega agredir la buena fe de sus votante y ciudadanos, negando hacer público los ingresos y gastos, alegando que coarta su libertad.

Dichos fondos públicos tiene como objetivo la realización exclusiva de actividades que vayan en beneficio de la población del estado español.
Por lo cual la tanto las partidas destinadas para uso individual como las de los grupos políticos deben ser públicas y justificadas hasta el último céntimo.
Y no menos importante, la publicación de los resultados obtenidos por cada partida de dinero gastado.

No dudo que habrán excepciones que actúan con la ética correspondiente a su cargo lo cual no merece loa alguna porque es inherente a su función. Pero falta una mayor vigilancia de los actuaciones de los otros porque tienen la obligación de servir al estado y sus ciudadanos evitando actuaciones que perjudiquen su bienestar.

La falta de ética y las justificaciones que esgrimen resultan insultantes y los ilegitiman como representantes de la soberanía del pueblo.

Esta situación se extiende al gobierno de la nación, ya que proceden de un partido que ha vulnerado la legalidad de forma continua y cuyo objetivo mas que el servicio público parece ser el enriquecimiento ilícito de sus cargos, militantes y amigos. Donde las buenas prácticas parecen una excepción.

La corrupción que en estos momentos parece inundar toda la actividad política no es algo que venga de los últimos años, tiene como sustrato el estado fascista representado por Franco -que como cualquier régimen que surja de un golpe de estado es en si mismo corrupto- durante el cual se despojo de bienes y derechos a la gran mayoría de los españoles, reservándolos para élites (oligarcas, militares e iglesia) que ostentaban el poder.

La impunidad en todos los ámbitos, de los que ejercieron el poder durante la dictadura fascista, ha continuado sin cortapisas durante la transición hasta el día de hoy que siguen ejerciendo el poder tanto desde las instituciones del estado como las privadas.

Lamentablemente continuará si no toman medidas radicales para logra su erradicación.

Esto no implica solo medidas coercitivas, que pueden cumplir un papel 
positivo siempre que realmente sean adecuadas y que son a las que mas importancia se les da pero que no son la solución de fondo.
Un punto que sin lugar duda sería fundamental, es la no prescripción de los delitos relacionados con la corrupción publica, entiendo se incluye la empresa privada que gestiona, realiza, actúa, etc. por contratos u otras formas vinculantes.

Fundamental es la educación desde la infancia, en valores democráticos y derechos humanos a lo largo de toda la formación, no solo con la teoría, sino con la práctica continua de participación en los distintos niveles de enseñanza.

Transparencia absoluta de la gestión y  gestores del estado a todos los niveles.
Acceso público simple a la información de las actuaciones de las instituciones de cualquier índole que reciban dinero público, partidos políticos, fundaciones, sindicatos, etc. incluyendo la corona, la iglesia católica, y otras instituciones religiosas. Y control de los aportes privados a  las mismas.

Hay que considerar como una violación a los derechos humanos el mal uso del dinero público que termina conllevando limitaciones en el acceso a la salud, a la alimentación, vivienda, educación y otros servicios fundamentales para la vida y el buen desarrollo humano.

Sorprende la inconsciencia por parte de los actores, del nivel de devaluación al que han llevado al estado, al que dicen respetar por sobre todo. 

MMiranda










lunes, 10 de noviembre de 2014

Estas son las compañías que evitaron tributar en España gracias a los acuerdos secretos con Luxemburgo




Poco a poco se va tratando la información en manos de ICIJ (Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación) que están haciendo un trabajo sublime al ir desvelando los acuerdos fiscales privados entre diversas multinacionales con Luxemburgo y que les permitía evitar tributar por sus beneficios en varios Estados Miembros de la UE traslandando sus beneficios a Luxemburgo tributando al 1%.

Entre las compañías que utilizaron este esquema para evitar tributar al 30% del impuesto de sociedades en España y trasladar sus beneficios a Luxemburgo por los que tributaban al 1% tenemos a varios fondos de inversión cómo Mercapital, OakTree o Palamon o compañías cómo Pepsi o McGraw-Hill.
Posiblemente lo más sangrante del caso, es que mientras Jean-Claude Juncker, actuando como presidente del EuroGrupo, imponía drásticos ajustes en los países de la perifería europea, por el otro lado, cómo presidente de Luxemburgo, facilitaba de forma secreta la organización de una estructura legal para que las multinacionales pudieran evadir miles de millones de euros en impuestos en el resto de los Estados Miembros.
El caso tiene varias implicaciones. ya que  no sólo la comparta una reducción o evasión en el pago de impuestos, sino también otorga una ventaja competitiva q a determinadas multinacionales que pueden competir por ejemplo en España pagando el impuesto de sociedades al 1% mientras que los competidores locales que no han llegado a un acuerdo con secreto con Luxemburgo tienen que tributar por el 30% de sus beneficios.
La deslealtad es tan grande, que uno se sigue preguntando cómo es posible que hoy, Juncker aún este ejerciendo de presidente de la Comisión Europea.

Gurusblog

miércoles, 15 de octubre de 2014

Se autoriza la ratificación de las Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional


Ley Orgánica 5/2014, de 17 de septiembre, por la que se autoriza la ratificación de las Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, relativas a los crímenes de guerra y al crimen de agresión, hechas en Kampala el 10 y 11 de junio de 2010.

  • Publicado en: «BOE» núm. 227, de 18 de septiembre de 2014, páginas 72966 a 72970 (5 págs.)
  • Sección: I. Disposiciones generales
  • Departamento: Jefatura del Estado
  • Referencia: BOE-A-2014-9481

  • TEXTO

    FELIPE VI
    REY DE ESPAÑA
    A todos los que la presente vieren y entendieren.
    Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.
    PREÁMBULO
    El Estatuto de Roma, instrumento constitutivo de la Corte Penal Internacional (CPI), fue adoptado el 17 de julio de 1998 y ratificado por España el 24 de octubre de 2000, entrando en vigor para nuestro país el 1 de julio de 2002.
    El artículo 123.1 del Estatuto contempla, pasados siete años desde su entrada en vigor, la convocatoria de una Conferencia de Revisión de los Estados Partes para examinar las enmiendas al Estatuto. Esta Conferencia de Revisión tuvo lugar en Kampala (Uganda) durante los meses de mayo y junio de 2010 y en ella fueron adoptadas por consenso, y de acuerdo con el artículo 121.3 del Estatuto, dos resoluciones que contienen Enmiendas al Estatuto de Roma relativas a los crímenes de guerra (Resolución RC/Res.5) y al crimen de agresión (Resolución RC/Res.6).
    La enmienda contenida en la Resolución RC/Res.5, relativa a los crímenes de guerra, añade a los ya incluidos en el artículo 8.2 e) del Estatuto la utilización de determinadas armas en conflictos que no sean de carácter internacional: el empleo de veneno o armas envenenadas, de gases asfixiantes tóxicos o similares, o cualquier líquido o dispositivo análogo, y de balas que se ensanchan o aplastan fácilmente en el cuerpo humano, como balas de camisa dura que no recubra totalmente la parte interior o que tenga incisiones.
    La enmienda contenida en la Resolución RC/Res.6, relativa al crimen de agresión, suprime el artículo 5.2 del Estatuto, que contempla que la Corte ejercerá su competencia respecto del crimen de agresión una vez que se apruebe una disposición en que se defina el crimen y se enuncien las condiciones en las cuales lo hará.
    Igualmente esta enmienda introduce un artículo 8 bis, cuyo párrafo primero define el crimen de agresión del siguiente modo: «Una persona comete un crimen de agresión cuando, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por sus características, gravedad y escala constituya una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas». A continuación, el artículo 8 bis.2 enumera una serie de supuestos que son considerados actos de agresión. Asimismo, los nuevos artículos 15 bis y 15 ter establecen las condiciones de ejercicio de la competencia de la CPI en relación con dicho crimen en los supuestos de remisión del caso por un Estado (15 bis) y por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas (15 ter).
    La ratificación por parte de España de las Enmiendas de Kampala, que suponen la ampliación de los crímenes de guerra y la tipificación del crimen de agresión, afianza el compromiso de nuestro país con la defensa de los Derechos Humanos y la labor de la Corte Penal Internacional como organización independiente que encarna el paradigma de justicia penal universal y que abandera la lucha contra la impunidad frente a los más graves crímenes cometidos contra la humanidad.
    Por lo tanto, al atribuirse a una institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución, procede que la ratificación de las Enmiendas sea autorizada mediante Ley Orgánica, según lo previsto en el artículo 93 de la Constitución.
    Artículo único. Autorización de la ratificación.
    Se autoriza la ratificación por España de las Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, relativas a los crímenes de guerra y al crimen de agresión, hechas en Kampala el 10 y 11 de junio de 2010.
    Disposición final primera. Título competencial.
    La presente Ley Orgánica se dicta en aplicación de lo previsto en el artículo 149.1.3.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de relaciones internacionales.
    Disposición final segunda. Entrada en vigor.
    La presente Ley Orgánica entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
    Por tanto,
    Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.
    Madrid, 17 de septiembre de 2014.
    FELIPE R.
    El Presidente del Gobierno,
    MARIANO RAJOY BREY
    ____________
    Enmienda al artículo 8.
    Añádase al apartado e) del párrafo 2 del artículo 8 lo siguiente:
    «xiii) Emplear veneno o armas envenenadas;
    xiv) Emplear gases asfixiantes, tóxicos o similares o cualquier líquido, material o dispositivo análogos;
    xv) Emplear balas que se ensanchan o aplastan fácilmente en el cuerpo humano, como balas de camisa dura que no recubra totalmente la parte interior o que tenga incisiones.»
    _____________
    Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional relativas al crimen de agresión.
    1. Suprímase el párrafo 2 del artículo 5 del Estatuto.
    2. Insértese el texto siguiente a continuación del artículo 8 del Estatuto:
    «Artículo 8 bis. Crimen de agresión.
    1. A los efectos del presente Estatuto, una persona comete un "crimen de agresión" cuando, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, dicha persona planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por sus características, gravedad y escala constituya una violación manifiesta de la Carta de las Naciones Unidas.
    2. A los efectos del párrafo 1, por "acto de agresión" se entenderá el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado, o en cualquier otra forma incompatible con la Carta de las Naciones Unidas. De conformidad con la resolución 3314 (XXIX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 14 de diciembre de 1974, cualquiera de los actos siguientes, independientemente de que haya o no declaración de guerra, se caracterizará como acto de agresión:
    a) La invasión o el ataque por las fuerzas armadas de un Estado del territorio de otro Estado, o toda ocupación militar, aun temporal, que resulte de dicha invasión o ataque, o toda anexión, mediante el uso de la fuerza, del territorio de otro Estado o de parte de él;
    b) El bombardeo, por las fuerzas armadas de un Estado, del territorio de otro Estado, o el empleo de cualesquiera armas por un Estado contra el territorio de otro Estado;
    c) El bloqueo de los puertos o de las costas de un Estado por las fuerzas armadas de otro Estado;
    d) El ataque por las fuerzas armadas de un Estado contra las fuerzas armadas terrestres, navales o aéreas de otro Estado, o contra su flota mercante o aérea;
    e) La utilización de fuerzas armadas de un Estado, que se encuentran en el territorio de otro Estado con el acuerdo del Estado receptor, en violación de las condiciones establecidas en el acuerdo o toda prolongación de su presencia en dicho territorio después de terminado el acuerdo;
    f) La acción de un Estado que permite que su territorio, que ha puesto a disposición de otro Estado, sea utilizado por ese otro Estado para perpetrar un acto de agresión contra un tercer Estado;
    g) El envío por un Estado, o en su nombre, de bandas armadas, grupos irregulares o mercenarios que lleven a cabo actos de fuerza armada contra otro Estado de tal gravedad que sean equiparables a los actos antes enumerados, o su sustancial participación en dichos actos.»
    3. Insértese el texto siguiente a continuación del artículo 15 del Estatuto:
    «Artículo 15 bis. Ejercicio de la competencia respecto del crimen de agresión (Remisión por un Estado, proprio motu).
    1. La Corte podrá ejercer su competencia respecto del crimen de agresión de conformidad con los apartados a) y c) del artículo 13, con sujeción a las disposiciones de este artículo.
    2. La Corte únicamente podrá ejercer su competencia respecto de crímenes de agresión cometidos un año después de la ratificación o aceptación de las enmiendas por treinta Estados Partes.
    3. La Corte ejercerá su competencia respecto del crimen de agresión de conformidad con el presente artículo, a condición de que se adopte una decisión después del 1 de enero de 2017 por la misma mayoría de Estados Partes que se requiere para la aprobación de una enmienda al Estatuto.
    4. La Corte podrá, de conformidad con el artículo 12, ejercer su competencia sobre un crimen de agresión, resultante de un acto de agresión cometido por un Estado Parte, salvo que ese Estado Parte haya declarado previamente que no acepta esa competencia mediante el depósito de una declaración en poder del Secretario. La retirada de esa declaración podrá efectuarse en cualquier momento y será considerada por el Estado Parte en un plazo de tres años.
    5. Respecto de un Estado no Parte en el presente Estatuto, la Corte no ejercerá su competencia respecto del crimen de agresión cuando este sea cometido por los nacionales de ese Estado o en el territorio del mismo.
    6. El Fiscal, si llegare a la conclusión de que existe fundamento razonable para iniciar una investigación sobre un crimen de agresión, verificará en primer lugar si el Consejo de Seguridad ha determinado la existencia de un acto de agresión cometido por el Estado de que se trate. El Fiscal notificará al Secretario General de las Naciones Unidas la situación ante la Corte, adjuntando la documentación y otros antecedentes que sean pertinentes.
    7. Cuando el Consejo de Seguridad haya realizado dicha determinación, el Fiscal podrá iniciar la investigación acerca de un crimen de agresión.
    8. Cuando no se realice dicha determinación en el plazo de seis meses desde la fecha de notificación, el Fiscal podrá iniciar los procedimientos de investigación respecto de un crimen de agresión, siempre y cuando la Sección de Cuestiones Preliminares, de conformidad con el procedimiento contenido en el artículo 15, haya autorizado el inicio de la investigación sobre un crimen de agresión, y el Consejo de Seguridad no haya decidido lo contrario de conformidad con el artículo 16.
    9. La determinación de que hubo acto de agresión realizada por un órgano ajeno a la Corte no irá en perjuicio de las propias conclusiones de la Corte en virtud del presente Estatuto.
    10. El presente artículo se entenderá sin perjuicio de las disposiciones correspondientes al ejercicio de la competencia respecto de otros crímenes a los que se hace referencia en el artículo 5.»
    4. Insértese el texto siguiente a continuación del artículo 15 bis del Estatuto:
    «Artículo 15 ter. Ejercicio de la competencia respecto del crimen de agresión (Remisión por el Consejo de Seguridad).
    1. La Corte podrá ejercer su competencia respecto del crimen de agresión de conformidad con el apartado b) del artículo 13, con sujeción a las disposiciones de este artículo.
    2. La Corte únicamente podrá ejercer su competencia respecto de crímenes de agresión cometidos un año después de la ratificación o aceptación de las enmiendas por treinta Estados Partes.
    3. La Corte ejercerá su competencia respecto del crimen de agresión de conformidad con el presente artículo, a condición de que se adopte una decisión después del 1 de enero de 2017 por la misma mayoría de Estados Partes que se requiere para la aprobación de una enmienda al Estatuto.
    4. La determinación de que hubo acto de agresión realizada por un órgano ajeno a la Corte no irá en perjuicio de las propias conclusiones de la Corte en virtud del presente Estatuto.
    5. El presente artículo se entenderá sin perjuicio de las disposiciones correspondientes al ejercicio de la competencia respecto de otros crímenes a los que se hace referencia en el artículo 5.»
    5. Insértese el texto siguiente a continuación del párrafo 3 del artículo 25 del Estatuto:
    «3 bis. Por lo que respecta al crimen de agresión, las disposiciones del presente artículo solo se aplicarán a las personas en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado.»
    6. Sustitúyase la primera oración del párrafo 1 del artículo 9 del Estatuto por la oración siguiente:
    «1. Los Elementos de los Crímenes ayudarán a la Corte a interpretar y aplicar los artículos 6, 7, 8 y 8 bis.»
    7. Sustitúyase el encabezamiento del párrafo 3 del artículo 20 del Estatuto por el párrafo siguiente; el resto del párrafo no se modifica:
    «3. La Corte no procesará a nadie que haya sido procesado por otro tribunal en razón de hechos también prohibidos en virtud de los artículos 6, 7, 8 u 8 bis a menos que el proceso en el otro tribunal:»

    Análisis

    • Rango: Ley Orgánica
    • Fecha de disposición: 17/09/2014
    • Fecha de publicación: 18/09/2014
    • Contiene : Enmiendas de 11 de junio de 2010.
    • Entrada en vigor el 19 de septiembre de 2014.
    Referencias anteriores
    • AUTORIZA la ratificación de las Enmiendas de 11 de junio al Estatuto de 17 de julio de 1998 (Ref. BOE-A-2002-10139).
    Materias
    • Acuerdos internacionales
    • Armas
    • Cooperación internacional
    • Corte Penal Internacional
    • Enjuiciamiento Criminal
    • Guerra